El mínimo no imponible (MNI) para el pago del Impuesto a las Ganancias subirá 35,38% a partir de enero de 2021 para todo el año, a partir de la publicación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) de octubre que se utiliza para decidir los incrementos.
De esta manera, un empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hará a partir de los $ 98.963,20, según cálculos del tributarista Cesar Litvin a los que tuvo acceso Télam.
Estos umbrales podrán modificarse, de contar los contribuyentes con algún tipo de deducciones familiares que se puedan realizar.
Esta actualización se encuentra casi 10 puntos porcentuales por debajo de la establecida para 2020, la cual fue de 44,28%.
De esa manera, los empleados solteros tributaban a partir de un neto de $55.261 al mes, mientras que para los casados el umbral de pago se elevó a $ 64.415 con un hijo, y a $73.014 pesos si tenían dos.
La tributarista y socia de la consultora SMS Buenos Aires, Adriana Piano, explicó a Télam que este aumento queda inamovible para todo 2021, y que “las retenciones se calculan sobre los sueldos netos” ya que los descuentos como el aporte jubilatorio y el pago de la obra social “no son base imponible”.
Ante este panorama, indicó que “si a un trabajador le aumenta menos del 35% el sueldo en relación con el año que viene va a pagar un poco menos de Ganancias, pero los que hayan tenido un incremento superior van a pagar más” y explicó que “en la medida que los salarios vayan aumentando a lo largo del año ahí empieza a producirse un desfasaje”.
En tanto, para Litvin “hay que hacer tres modificaciones a este régimen”.
“La primera es que con esta escala de inflación debería ser de actualización semestral y no anual. Con esta inflación con cualquier recuperación posterior que se haga del salario, una parte de esa recuperación va a generar que una parte vaya al Estado y la otra al trabajador”, consideró.
Asimismo, indicó que “en segundo lugar, este índice no es el más adecuado. En vez del Ripte hay que utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Desde que se utiliza este índice ya se lleva un 62% de retraso respecto al IPC”, y concluyó asegurando que “los autónomos están siendo perjudicados porque tienen deducciones menores que los asalariados”, diferencia que puede llegar al 60%.
Fuente: Telam