Este es el comunicado textual que emitió el diputado socialista Carlos Nivio:
“Mediante la ley 25.166, en el año 1999, el Estado nacional transfirió a la Municipalidad de General Pueyrredón, el inmueble donde funcionara la Terminal de Ómnibus con destino a “uso público como bien cultural de interés patrimonial”, y en tales condiciones la comuna aceptó la cesión mediante el dictado de la Ordenanza Municipal N° 13.127 promulgada el 28 de enero de 2000.
Dado el debate que a nivel nacional se está dando en este sentido, el Diputado Carlos Nivio reiteró que mediante un proyecto de ley de su autoría se propone declarar dicho predio “Monumento Histórico Arquitectónico Provincial” con la obligatoriedad de la permanencia del mismo en dominio del Estado para ser destinado al uso público como bien cultural de interés patrimonial, no pudiendo ser enajenado total o parcialmente, ni ser otorgado para explotación comercial.
Por otra parte, de acuerdo con la iniciativa del diputado socialista, deberá establecerse un programa de acciones que garantice la adecuada conservación y utilización de dicho edificio. A tal efecto serían consultados los organismos competentes en materia de preservación del patrimonio cultural, quienes también deberán actuar previamente y controlar que los trabajos de revalorización arquitectónica y urbanística del inmueble, no afecten negativamente al mismo.
El diputado socialista Carlos Nivio ha sido también autor de la primera iniciativa destinada a evitar la destrucción o privatización del mencionado edificio histórico y el predio de dos manzanas en que se encuentra ubicado. Con ese objeto presentó, en el año 1996, un proyecto de ley a fin de crear en el lugar un Centro Cultural de carácter regional, con las correspondientes mejoras edilicias y la parquización de las superficies no construidas como áreas verdes de uso público.
Es evidente que si la Municipalidad de Gral. Pueyrredón concediese las instalaciones de la antigua Terminal de Ómnibus en los términos de las iniciativas presentadas estaría incumpliendo con el cargo impuesto por la Ley Nº 25.166 y de acuerdo con el inciso k) del artículo 118 de la Ley N° 24.156, el Estado Nacional debería iniciar las acciones legales pertinentes con objeto de obtener la devolución del inmueble.
Todas estas iniciativas presentadas, por el Diputado Nivio, contemplan el único destino posible que debe darse a ese predio para no violentar tanto el texto de la ley de cesión como la Ordenanza de aceptación. Más aún las propuestas se inscriben en la tradicional defensa que hace el Partido Socialista de los destinos de los inmuebles del Estado para uso público y no su entrega a privados para fines de lucro”.
(Fuente: Prensa Diputado Nivio)