Los mismos deben contar con mínimos requisitos para anotarse: “ser mayores de 18 años, no presentar antecedentes y acreditar idoneidad en el manejo de mascotas”.
También establece una zona en de prohibición el desarrollo de la actividad, que seria la comprendida entre calles Colón hasta Luro y desde Boulevard Patricio Peralta Ramos hasta avenida Independencia, zonas de alta circulación peatonal y vehicular. Como así también impone un límite de 10 animales para cada paseador.
Los paseadores deben estar provistos de elementos de limpieza para limpiar el excremento que dejen los animales, como así también deben estar sujetos con correas y tener colocado bozal en sus hocicos.
Según el concejal el motivo de esta norma es “cuidar la integridad de los vecinos tanto los que dejan en cuidado sus mascotas a estos ciudadanos como quienes transitan por las calles y puedan sufrir alguna lesión por parte de los canes”.
“Es por ello que es necesario adoptar una serie de medidas relacionadas a un ordenamiento municipal tendiente a la organización de un sistema eficaz de identificación tanto de los animales como de las personas de dedicadas al paseo y adiestramiento canino a través de un registro correspondiente, a fin de complementar a la ley provincial 14107 y a la ordenanza 15450 que refieren a perros potencialmente peligros, es por ello que pensamos en generar este registro para que de ese modo se pueda identificar no solo a los animales potencialmente peligrosos, sino también a quienes son sus cuidadores”.