Las defensorías del pueblo de General Pueyrredon y Tandil elevaron una solicitud al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, con el fin de que acelere las acciones tendientes a adherir el régimen de precios diferenciales del gas de garrafa, cilindro o gas licuado de petróleo a granel incluido en la Ley Nacional N° 27.637.
El pedido lo realizadores los defensores del pueblo local Daniel Barragán, Fernando Rizzi y Luis Salomón, junto a su par de Tandil, Paula Lafourcade, más la adhesión de la presidente de la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios, Marisa Sánchez.
“Hemos recibido innumerables reclamos por parte de usuarios de garrafas, quienes han observado que aún no se ha aplicado el beneficio del régimen de “Zona fría” recientemente aprobado”, dijeron.
El Artículo 7° de la Ley Nacional N° 27.637 contempla el beneficio establecido en el Artículo 75 de la Ley 25.565 a la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las zonas incorporadas al régimen de zonas frías. Pero en este caso del gas envasado, la provincia de Buenos Aires debe adherir.
“El gas natural por redes recibe sus descuentos del 30 % o del 50 % desde el 5 de agosto, automáticamente. Pero en caso de gas envasado, debe adherir la provincia para que los usuarios tengan acceso al beneficio”, sostuvieron los reclamantes.
En la misiva a Kicillof se remarcó que “debe advertirse que quienes no tienen acceso a gas natural por redes y por tanto se abastecen de gas envasado son precisamente los sectores más vulnerables, generalmente ubicados en zonas periféricas”.
Por eso resulta “imperioso una mayor celeridad en la aplicación de la norma en cuestión puesto que son precisamente quienes necesitan de un mayor acompañamiento y protección por parte del Estado para revertir esta inequidad, y a quienes el mantenimiento de estas desigualdades coadyuvan a que vean aún más afectados derechos humanos como son el derecho a la dignidad y la vivienda digna”.
Si bien existe el “Programa Hogar”, una política pública que tiene como objetivo que todos los hogares no conectados a la red de gas natural puedan acceder a una garrafa, el mismo fija un precio máximo para la venta en todo el país, sin hacer distinciones entre las regiones y departamentos incluidos en el régimen de zona fría y el resto del país.
En caso de que la provincia no adhiera a la presente reglamentación, los usuarios provinciales perderán los beneficios derivados de la ley. Las autoridades provinciales deberán definir la metodología de implementación de los beneficios derivados de esta ley, las mismas pueden ser a través de cupones, bonos, tarjetas magnéticas y/o con chip o a través de distintos medios tecnológicos.
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