Importantes integrantes de la Justicia Federal de Mar del Plata sufrieron en las últimas horas dos denuncias en su contra, una ante el propio fuero y otra ante el Consejo de la Magistratura. Los denunciados son nada menos que el titular del Juzgado en lo penal 3 de la ciudad, Santiago Inchausti, y los miembros de la Cámara Federal de Apelaciones, Alejandro Tazza y Eduardo Jimenez, por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y denegación o retardo de justicia.
La presentación la hizo el ciudadano Roberto Maturana, marino mercante y un activo luchador contra la corrupción en la pesca, con los patrocinios legales de los Dres. María Carpineto y Julio Razona. Los hechos que desembocaron en esta denuncia merecen ser destacados, en los cuales se advierten situaciones presuntamente irregulares y extrañas, como el extravío en un Juzgado Federal de un escrito presentado por Maturana, una querella en su contra por parte de poderosas firmas pesqueras, intentos de declarar insano al denunciante, y suspicaces resoluciones judiciales, tanto por parte de la Cámara de Mar del Plata como por el juez de primera instancia.
La historia tiene varios años, aunque formalmente comenzó el 2 de octubre de 2018 cuando los conocidos empresarios de la pesca Antonio Solimeno, José Alberto Valastro, Oscar Fortunato, y José Moscuzza solicitaron ante la Justicia que “haga lugar a la querella promovida contra el Sr. Maturana, y se lo investigue por la comisión de los delitos de calumnias e injurias”, con motivo de una presentación que hizo el querellado en un programa de televisión, donde denunció graves hechos de corrupción en la actividad, que en verdad, el hombre ya viene haciendo hace años ofreciendo pruebas, con poca respuesta no sólo de la justicia sino también de la política.
¿Qué viene denunciando Maturana hace años? La respuesta no es una sola. La pesca es una de las actividades menos controladas por el Estado, siendo una de las más importantes de la Argentina. De hecho, la propia Auditoría General de la Nación (AGN), entre los años 2002 hasta la fecha, ha señalado en sus informes situaciones muy graves como depredación de los recursos pesqueros, precarización laboral, falta de controles en las capturas y en las descargas de pescado, y una elevada pesca no declarada, lo que genera, entre otras cosas, importantes perjuicios para las arcas públicas, en un país que padece el 40% de pobreza, y donde más de la mitad de los chicos son pobres.
Desde el año 1998, el Sr. Maturana viene haciendo referencia a que “las fiscalizaciones pesqueras no registran las reales capturas”, además de señalar “el estado de contaminación del mar argentino a causa de la pesca ilegal”, como así también “la cuantía de subdeclaraciones de capturas y rotulaciones falsas de especies en productos congelados con la consecuente exportación de pescado argentino en negro”. De la gran mayoría de todos estos asuntos, hace responsables a los querellantes.
Es por ello que el 27 de diciembre de 2018, luego de una audiencia llevada a cabo pocos días antes, donde el juez Santiago Inchausti cita al querellado “a fin de que comparezca y ofrezca prueba”, Maturana denuncia a Solimeno, Fortunato, Moscuzza, y Valastro. Lo hace en la misma causa 52697/2018 formada a partir de la querella presentada por aquellos, y les endilga el delito de “ser integrantes de una organización ilícita coordinada, cuyo fin ha sido el beneficio económico, llevando a cabo una serie de delitos relacionados con el tema explotación pesquera, en flagrante violación a leyes nacionales, reglamentos y resoluciones puntualmente indicadas”.
Además, solicitó “dar intervención sin más trámite a la AFIP a fin que investigue la evasión tributaria flagrante” presuntamente llevada a cabo por los empresarios, “que ha ocasionado un perjuicio multimillonario al Estado Nacional”. Puntualmente, pide que se los investigue “por la comisión del delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA TRIBUTARIA”. Así mismo, acompaña abundante prueba documental para respaldar sus graves denuncias.
Pero desde dichas presentaciones, hasta el 6 de junio de 2019, la querella no impulsó ninguna acción, por lo que ese mismo día, Maturana solicitó “se tenga por extinguida la acción penal por desistimiento tácito de los querellantes”, habiendo transcurrido más de 60 días desde el último movimiento que establece el art. 207 del Código Procesal Penal de la Nación. Por increíble que parezca, y aunque el escrito posea el sello y la firma por Mesa de Entrada del Juzgado 3 con la fecha consignada, el documento se perdió, siendo denunciada su desaparición por el querellado el 4 de febrero de 2020, al no obtener respuesta alguna a su requerimiento del 6 de junio.
También en aquel febrero, el día 18 para ser precisos, la defensa de Maturana decide radicar una denuncia en la Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura contra el juez Santiago Inchausti por “ineficaz prestación de justicia”.
Días antes, el 3 de febrero de 2020, el querellado, con la representación de uno de sus abogados, Julio Razona, vuelve a solicitar la extinción de la acción penal, “por la inactividad manifiesta de los querellantes”. Se refería, cabe aclarar, a la querella, pero no a los hechos de corrupción denunciados. Finalmente, el 3 de marzo de aquel año, luego de más de 100 días hábiles trascurridos sin que nada hicieran los querellantes desde junio de 2019, el juez Inchausti resuelve, después de muchas dilaciones por parte suya, “declarar desistida la acción privada por inacción de la parte querellante Sres. Oscar Fortunato; José Valastro; Antonio Solimeno y José Américo Moscuzza, y en consecuencia declarar extinguida la acción penal”.
Pero en el medio había transcurrido un año y medio sin que los querellantes movieran la causa, lo que fue visto por parte de los abogados de Roberto Maturana como un intento del magistrado de mantener pese a todo el proceso abierto, validando “el silencio de los querellantes”, además de convalidar irregularidades en las audiencias iniciales, allá por diciembre de 2018, y en la documentación presentada por los empresarios pesqueros. A su vez, los querellantes, con el patrocinio de las Dras. Patricia Perelló y Mariana Fardín, pretendieron que se le practiquen al querellado pericias psiquiátricas y psicológicas, afirmando que “se evidencian” en algunas declaraciones suyas “una serie de delirios y manifestaciones irracionales”. Este pedido se volvió a reiterar en agosto de 2019.
“Se configura esa irracionalidad el 04/02/2020 cuando debió decidir primero los planteos en el principal y sin embargo rechaza el desistimiento tácito pedido el 27/12/2018, sin fundamentar su rechazo en alguna actuación de los querellantes por sí o por representante que hubiere continuado el proceso”, sostiene la Dra. María Carpineto, una de las abogadas del querellado, agregando que “la carga del querellante es impulsar el proceso en los delitos de acción privada”. Y concluye: “La querella cae a los 60 días de la inactividad procesal de los dueños de la acción, y sin embargo el Juez Inchausti resuelve la incidencia pasado más de un año de su planteo”.
Pero aquí es cuando ocurre algo muy extraño. En la misma resolución, el magistrado dispone “la devolución de la documentación acompañada, por el término de cinco días desde la notificación de la presente, bajo apercibimiento de procederse a su destrucción”, aún reconociendo que la misma “habilitaba la interposición de una acción penal pública”. Es decir, que Inchausti, su bien da por extinguida la acción penal correspondiente a la querella, también desiste de investigar las graves irregularidades denunciadas por el querellado, que son, en definitiva, la base central del asunto.
Maturana debió retirar, a riesgo de que sean destruidas, 5 cajas plagadas de prueba documental, en soportes físico y digital. “Romper un expediente es gravísimo. Pero no se rompió el expediente de cualquier forma. Sino sacando la prueba del acusado cuando no debía sacarse”, afirma la Dra. Carpineto.
Pero además de ello, señala el marino mercante, “no se han cargado al Portal Web los registros fílmicos de la audiencia de fecha 11/12/2018”, como así tampoco “se ha cargado el acta ni los registros fílmicos de una audiencia del Juez con quienes me querellan inaudita parte, previa a la audiencia de fecha 11/12/2018, y ante mi consulta al respecto la Secretaria Estela Duvidio negó su acaecimiento siendo que el propio Juez reconoce su existencia”.
“El Juez tiene la obligación de resguardar mi derecho de defensa”, añade el querellado, ampliando que “surge del manejo de esta causa un perjuicio directo hacia mi persona, en claro beneficio de los acusadores. Mis escritos se pierden, se ignoran, no se da traslado de los presentados por la contraria, incorporando prueba en mi contra fuera de las previsiones legales, condena en costas sin resolver beneficio de pobreza, incertidumbre sobre pericias, ejerciendo per se el Juez la pretensión punitiva de los acusadores”.
Luego de la resolución de Inchausti de declarar extinguida la acción penal, las abogadas de los querellantes deciden apelar. Finalmente, el 20 de noviembre de 2020, la Cámara Federal, con las firmas de los magistrados Alejandro Tazza y Eduardo Jimenez, resuelven hacer lugar a la apelación y revocar lo resuelto por el juez de primera instancia, obligando a Maturana a “continuar la causa”.
El 11 de mayo de 2021, luego de una nueva petición de la defensa del querellado, el Dr. Inchausti vuelve a declarar extinguida la prescripción de la acción y “en consecuencia sobreseer a Roberto Maturana”. Pero el 17 de mayo los querellantes apelan nuevamente, y finalmente el Tribunal de Alzada, el pasado 23 de septiembre, con las firmas de los Dres. Tazza y Jimenez, revocan otra vez la decisión. Un culebrón.
Cabe señalar así mismo, que la defensa del querellado había realizado tres presentaciones ante la Cámara, los 10 y 17 de febrero de 2020, y el 30 de julio del mismo año, donde había denunciado las irregularidades en la causa inicial, haciendo eje en el extravío de un documento, en las demoras procesales, en la incorporación de prueba ilegal, y en la falta de publicación de registros fílmicos, Es decir, que los camaristas ya estaban notificados de dichas cuestiones. Sin embargo, en sus resoluciones consideraron que tales asuntos “que no eran esenciales a los fines de la resolución del litigio”, aún reconociendo que la demora existía.
Por ello, en la denuncia ante el Consejo de la Magistratura contra los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jimenez el pasado 30 de septiembre, Maturana los acusa de “Desconocimiento voluntario inexcusable del derecho reiterado, notorio e injustificable para mi persona, que impide el ejercicio de mis derechos y garantías constitucionales”. También los denuncia por “Incumplimiento reiterado de la Constitucional Nacional”, al sentirse despojado de sus más elementales derechos, y de “Negligencia grave en el ejercicio del cargo”.
Uno de los querllantes, Oscar Fortunato, sindicado por muchos como “lobbysta” de los grandes grupos del sector pesquero, está muy vinculado a las firmas Solimeno, Moscuzza y Valastro, tres de los jugadores más grandes del país, con sede en Mar del Plata, cuyo puerto concentra más de la mitad de las capturas de Argentina. Fortunato fue Representante del Poder Ejecutivo del Consejo Federal Pesquero designado por el ex Presidente Mauricio Macri, y también supo ocupar cargos públicos durante los gobiernos kirchneristas y de Carlos Menem.
Según datos oficiales, se calcula que en promedio hay un 10% de pesca no declarada, lo que es lisa y llanamente evasión.
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