Un principio futbolero y universal marca que el arquero es quién tiene todo el campo de juego delante de su visión, qué es quien mejor parado está para visualizar el funcionamiento de un equipo y ordenar el trabajo de sus jugadores. También, bajo esa misma figura futbolera se le carga al guardameta que los balones que van a afuera de su arco no los termine metiendo en el propio.-
Ello viene a colación a raíz de un fallo judicial conocido esta semana, adverso a la Municipalidad de General Pueyrredon, en el cual se hizo lugar parcialmente al reclamo de un docente de la comuna que bregaba por percibir, a su habitual remuneración, la bonificación salarial y adicional, que consiste en la diferencia entre el sueldo y bonificaciones asignadas por la Provincia de Buenos Aires para el cargo de maestro de grado y el del nivel 12 del Escalafón Municipal.
Todo comenzó a fines de Octubre de 2018, cuando el entonces intendente Carlos Fernando Arroyo, a través del Decreto 2272/18, fijó dicha bonificación especial, creada en la ordenanza 20760 pero sin definir el quantum, en la unidad de medida de 24 horas semanales, pues allí se consideraba que esa era la carga horaria real que trabajaban los municipales abocados a la tareas de la educación.
Ese decreto redobló la fuerte batalla sindical contra el gobierno de Arroyo fundamentalmente por la ultra kirchnerista Alejandra Ayek y el sempiterno jefe del gremio Antonio Gilardi, de reconocida relación con Gustavo Pulti.
Y, además, la medida desató cientos de demandas en sede judicial contra la Municipalidad, reclamando la anulación de la bonificación de 24 horas semanales y la fijación del adicional bajo el módulo de 35 horas semanales, que era como se había estado percibiendo hasta entonces, todo bajo la argumentación del derecho adquirido que les asistía a los docentes municipales.
En su campaña electoral el actual intendente Guillermo Tristán Montenegro, prometió incrementarles a los docentes de la comuna la bonificación adicional, y tomando la unidad de medida de 35 horas semanales, sin deparar en el compromiso de tiempo concreto y real que cada trabajador de la educación tiene para con la comuna.
Y, apenas asumido en el cargo, dictó en los primeros días de su gobierno el decreto 079/2020 concediendo esa promesa de campaña, por lo cual desde enero de 2020 se le comenzó abonar bajo esa modalidad la bonificación especial a cada docente de la municipalidad.
No obstante, los juicios igualmente continuaron y recientemente se dictó la primera sentencia en la Causa Nº25713 de trámite ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Mar del Plata, en la cual se reconoció el derecho a percibir el adicional bajo la unidad de medida con 35 horas semanales al docente que emprendió ese juicio; pero no base en al reclamo de “derechos adquiridos” antes del decreto de Arroyo pues basándose en un precedente de la Suprema Corte Provincial el juez desestimó de plano esa posibilidad.
Para conferir el derecho a percibir esa demasía el fallo destacó que el Intendente Montenegro “reconoció la necesidad de volver las cosas al estado anterior al dictado del decreto 2272/18, a fin de dar respuesta a los docentes afligidos por la reducción de sus haberes producida por aplicación de dicho acto administrativo” y se exaltó que se adoptó la medida “desentendiéndose de los efectos ocasionados en los haberes del demandante por aplicación del decreto 2272/18”, al cual el propio Montenegro calificó de ilegitimo.
Entonces en esa senda, no es difícil advertir que Guillermo Montenegro no hizo más que hacerles renacer un derecho a los docentes municipales que de otra manera no hubieran podido satisfacer, ya que a criterio del Juez Dr.Simón Isaach ese decreto 2278/18 había venido a llenar un vacío legal de la Ordenanza 20760, pero que en modo alguno podía afectar prerrogativas, cuya conclusión la adopta tomando como antecedente un fallo dictado en Octubre de 2016 por la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.
Quizá éste caso recientemente decidido sea el inicio, si es que la Cámara de Apelaciones confirma el criterio o si la comuna no apela el fallo, para el dictado de centenares de sentencias que afecten decididamente a las arcas municipales, y todo por una decisión que el Intendente Montenegro adopta sin reparar en la protección de los intereses de la comuna.
Como claramente se refleja en la sentencia del juez Isaach, al otorgar la bonificación, pero sin haber anulado la norma de su antecesor, la comuna hubiera salido airosa con el pago retroactivo reclamado por los docentes y éstos, tendrían satisfechos su reclamo durante la actual gestión de gobierno municipal.-
Sin embargo, el balón que se iba afuera terminó adentro de su propia portería…
Hay q ser pelo…., Por falso pagamos todos
Super interesante el aporte!!!