El Ministerio de Transporte bonaerense dio este viernes un ultimátum a las empresas de colectivos para que se den de alta en el sistema de monitoreo y, a través de la Resolución 194/23, les informó que tienen un plazo de 30 días para adecuarse a la normativa, ya que los vehículos que no cuenten con las cámaras de seguridad correspondientes no pasarán la Verificación Técnica Vehicular (VTV).
A partir de la Ley 14.897, las unidades de transporte de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal que presten servicios dentro del territorio bonaerense, deberán contar obligatoriamente con cámaras de seguridad en el interior de cada vehículo, que filmen en tiempo real y almacenen las imágenes durante un período de tiempo cierto.
En la resolución publicada hoy se dispuso que, a partir del 1 de febrero de 2024, las unidades vehiculares que, al momento de someterse a la verificación técnica vehicular, no acrediten la instalación de equipos de cámaras de seguridad coincidentes con las previsiones de las Resoluciones N° 1.578/18 y N° 10/19, serán rechazadas.
Mientras que las que las tengan pero demuestren defectos o ausencia en la convergencia de sus señales de monitoreo en la plataforma específica que administra y gestiona el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, obtendrán una oblea “condicional” por el plazo improrrogable de 60 días para su corrección.
También se determinó que “las solicitudes de altas de vehículos en el Sistema Provincial de Parque Móvil, efectuadas por las prestatarias de servicios de transporte urbano e interurbano de media distancia de jurisdicción provincial que circulan dentro de los límites del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), sólo serán admisibles cuando las unidades cuenten con los equipos de cámaras de seguridad instalados”.
Fuente: DIB