La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata consideró inadmisible el recurso extraordinario presentado por las organizaciones ambientalistas contra la decisión que había habilitado la exploración petrolera a 300 kilómetros de las costas de la ciudad.
En ese sentido, el fallo de los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel permitirá que las empresas contratadas puedan realizar los trabajos de retrospección sobre el Mar Argentino y permitirá conocer si hay hidrocarburos en la zona para la posterior explotación petrolera en Mar del Plata.
Asimismo, la decisión de los magistrados confirma la autorización efectuada el pasado 5 de diciembre para el comienzo de las actividades de exploración sísmica, puesto que los recursos presentados por las ONG ambientalistas, habían frenado el inicio de los trabajos de la empresa Equinor.
Los argumentos efectuados por los ambientalistas se basaban en que el levantamiento de la medida cautelar provocaría un “eventual daño en el medioambiente de insusceptible reparación ulterior, por lo que la resolución resulta equiparable a sentencia definitiva”.
En su resolución de hoy, la Cámara Federal de Mar del Plata precisó que, aun luego de dictada la resolución recurrida, “el derecho de fondo que se discute y no deja de ser litigioso”, ante lo cual las medidas judiciales con relación a la explotación petrolera “podrán reeditarse” ante eventuales incumplimientos.
Es preciso mencionar que, luego del anuncio del Gobierno nacional de que la empresa Equinor, en asociación YPF y Shell, iban a comenzar la exploración petrolera en las aguas de la costa atlántica bonaerense, diversos sectores políticos y ambientalistas presentaran un amparo ante la justicia.
El pasado 6 de diciembre, la Cámara Federal de Mar del Plata revocó la medida cautelar que frenaba la explotación offshore , luego de dejar establecido que la empresa Equinor Argentina “deberá dar estricto cumplimiento a los términos del Plan de Gestión Ambiental”.
Otra de las condiciones fijadas fue que las actividades de prospección sísmica “no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros” del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”, un área protegida de aproximadamente 6.000 km², ubicado a unos 500 kilómetros al este del golfo San Jorge.
En tercer lugar, la Cámara Federal de Mar del Plata señaló que la explotación petrolera “deberá suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente”.
El fallo le permite a la empresa noruega Equinor (socia de YPF y Shell en la explotación petrolera) confirmar los resultados exitosos de los trabajos de rastreo de hidrocarburos en el bloque Cuenca Argentina Norte 100 e iniciar la perforación en aguas profundas del pozo ubicado a 307 km de Mar del Plata y a 320 km en línea recta de Puerto Quequén.
Luego de conocerse el fallo judicial, la secretaria de Energía, Flavia Royon, celebró la medida y remarcó que la explotación petrolera en Mar del Plata “podría alcanzar un volumen de producción de 200 mil barriles diarios, el 35% de la producción actual de Argentina”.
“Argentina realiza producción offshore hace décadas; y como lo hacemos desde siempre, vamos a exigir y controlar que se respeten los más altos estándares ambientales”, concluyó la funcionaria nacional, ante los reclamos de las organizaciones ambientalistas.
Fuente: Diputadosbsas.com.ar