Los martilleros no se encontrarían conformes con el auge de los créditos hipotecarios que trajo consigo un considerable aumento en la venta de inmuebles y “van por todo”. Tal es así que realizaron una insólita protesta frente a la Quinta de Olivos para expresar su disconformidad con la Nueva ley de Alquileres de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Después de años de manejar el mercado de alquileres a su antojo frente al déficit habitacional y en un rapto de justicia hoy se oponen a que el pago de la comisión inmobiliaria se encuentre a cargo de los propietarios, sepan que no estarían legitimados ya que justamente son estos últimos quienes deberían hacerlo.
En tal sentido, argumentan que los propietarios ya no ofrecerían sus inmuebles en alquiler por el hecho de tener que abonar dicha comisión, o sea que utilizando la lógica de los martilleros, los dueños dejarían de percibir los 23 meses de canon locativo restantes porque tienen que abonar sólo un mes en concepto de comisión.
Otro de los argumentos que utilizan para atacar la ley, es que el precio de la comisión inmobiliaria se trasladaría al precio del alquiler y el propietario dividiría el costo y lo aplicaría a los 24 meses del contrato de alquiler, lo cual es factible, pero tarde o temprano el mercado acomoda el valor de los alquileres y en el peor de los casos, el inquilino podría abonar el valor de la comisión en 24 cuotas sin que ello implique un desembolso extraordinario en su economía familiar.
La realidad es otra, el verdadero motivo de la protesta radica en que ya no pueden “imponer” al inquilino dos meses de comisión como lo hacían en CABA (aquí en Mar del Plata es práctica habitual sumar el valor de un mes alquiler correspondiente al primer año y el valor de un mes de alquiler correspondiente al segundo año, dividirlo por dos y obtener un promedio que luego será el valor de la comisión) ya que con la nueva ley “en los casos de locaciones de inmuebles con destino habitacional, el monto máximo de la comisión a cobrar será el equivalente al 4,15 por ciento del valor total del respectivo contrato, a cargo del locador”.
Cabe aclarar que la ley será sólo aplicable en Capital Federal y que en la Provincia de Buenos Aires la ley establece que la comisión por arrendamientos en locaciones urbanas será “del 1% al 2% a cargo de cada parte sobre el importe del plazo del contrato, pudiendo asumir una de las partes la totalidad del pago de los honorarios, por lo que sería de buena práctica legislativa hacer extensivas dichas modificaciones a nivel provincial”.