La Ley Nacional 24.449 expresa que los conductores deben notificar si hubo un cambio de domicilio y si no se realiza, a los 90 días caduca la licencia. Sin embargo, a través de un decreto, el jefe comunal estableció que si el cambio es dentro de la misma jurisdicción, deberá actualizar la información pero será eximido de realizar el trámite teórico, práctico y el examen médico.
A través del decreto 804/2022, el intendente Guillermo Montenegro determinó que se exime de realizar los exámenes médicos, teórico y práctico de la Licencia de Conducir luego de vencido el plazo de 90 días de haber hecho el cambio de domicilio dentro de la misma jurisdicción. Solo deberán solicitar un turno para la reválida por cambio de datos a: http://bit.ly/revalidamgp
Es importante remarcar que la Ley Nacional Nº 24.449 en su artículo 18 detalla que “el titular de una licencia de conductor debe denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella”, entre los cuales está el domicilio, y que “la licencia caduca a los 90 días de producido el cambio no denunciado”.
Sin embargo, y de acuerdo a lo expuesto en el decreto, se considera que “carece de asidero exigirle al vecino del Partido de General Pueyrredon que realice todos los exámenes médicos, teóricos y prácticos luego de vencido el plazo de 90 días de producido el cambio de domicilio dentro de la misma jurisdicción”.
En detalle, quienes cambien de domicilio dentro de la misma jurisdicción, deberán ir a actualizar esta información a través de la reválida por cambio de datos, pero no tendrán que realizar los exámenes, como era hasta este momento.