Política

El fiscal Pettigiani advirtió que el criterio de Ramos Padilla “hiere de muerte al periodismo de investigación”

El fiscal de la Cámara Federal de Mar Del Plata dijo que aplicarle la ley de Inteligencia a particulares “impediría cualquier mínima recolección de información”. Sostuvo que que el juez está violando derechos constitucionales de los periodistas.

Juan Manuel Pettigiani, Fiscal General de Mar del Plata.

El fiscal de la Cámara Federal de Mar del Plata, Juan Manuel Pettigiani, rechazó los argumentos del juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla que sientan peligrosos antecedentes para el ejercicio del periodismo en general y del periodismo de investigación en particular. Lo hizo en el dictamen en que pidió el sobreseimiento del fiscal porteño Carlos Stornelli en la causa D’Alessio. Esos argumentos ya constituyen “la doctrina Ramos Padilla” sobre la criminalización del periodismo.

La interpretación “extensiva de los hechos” que hace Ramos Padilla de la Ley de Inteligencia, en sintonía con la Comisión Provincial de la Memoria –que preside el premio nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel- “proyecta el alcance de la misma a ciudadanos que la ley no pretende abarcar, impidiendo cualquier recolección mínima de información y, en particular, hiere de muerte la posibilidad de recolección de información por parte del periodismo”.

Además, la resolución del juez Ramos Padilla crea conceptos como la utilización de la prensa para realizar “Operaciones de Acción Psicológica”, como las dictaduras o los ejércitos en guerra, y asume un rol paternalista como si las audiencias fueran fácilmente influenciables para perjudicar ex funcionarios del gobierno de Cristina Kirchner, sin nombrarlos.

La prohibición de la ley de Inteligencia “no alcanza, ni podría, a los particulares y por ende tampoco podrían reputarse acciones de inteligencia ilegales, ya que sólo lo serían si las realizan integrantes del sistema nacional de inteligencia”. “En un Estado de Derecho nadie debe ser espiado por el Estado por lo que es ni por lo que piensa, pero tampoco deben propiciarse interpretaciones de la ley que restrinjan la esfera de actuación de las personas afectando derechos humanos básicos”, agregó el fiscal de cámara.

“Por ello no pueden reputarse como una acción de inteligencia, ni menos asignarle carácter de ilegal, a ninguno de los hechos en análisis en este procesamiento, como así tampoco a lo actuado por Etchebest o Barreiro en esta investigación”, afirmó.

Luego Pettigiani, afirma que “la verificación circular que propone el magistrado como dinámica judicial – periodística, no se presenta en la investigación, ni puede darse nunca de la manera señalada, ya que los criterios de validez de la verdad son distintos para ambos ámbitos”.

“La circulación de información con pretensión de validez en el proceso penal solo se admite con el cumplimiento de determinadas formalidades (vbg. La declaración testimonial). En el ámbito periodístico, son otros los criterios de validez, siendo uno de ellos la confianza en la fuente”.

Por ejemplo, el periodista Eduardo Feinmann explica en la causa que consideraba a D’Alessio como una fuente y consultado acerca de cómo era la relación de un periodista con su fuente, precisó: “…Yo a mis fuentes no les pregunto ¿De que vivís? ¿Qué haces? Yo hablo con mis fuentes. Yo no se que hacen después con su vida, si cometen delitos, si extorsionan, mataron a alguien, violaron. No sé, después me termino enterando, que se yo. Uno, en el rol de periodista, se encuentra muchas veces con sus fuentes de información después terminan presa, que se yo (…) Yo como periodista no participo de los delitos que cometen los demás”.

En Argentina, aclaró el fiscal Pettigiani, “ninguna condena se puede lograr por el camino señalado por el magistrado instructor. No hay forma que una noticia falsa o un testimonio falso produzca una condena penal, aunque ese testimonio sea reproducido por todos los medios de comunicación del país”.

“Lo que debe respetarse es la dinámica democrática que se produce cuando la información periodística contiene dosis de verdad que luego son recogidas por una investigación judicial que avanza en la construcción de una hipótesis de responsabilidad penal”, subrayó Pettigiani.

Dijo luego que la utilización de aquel “patrón de análisis (de Ramos Padilla) para aplicarlo a la presente investigación, no encuentra fundamento en ninguno de los hechos analizados en este procesamiento y, como veremos, avanza decididamente sobre garantías constitucionales que este Ministerio Público está llamado a proteger”.

El fiscal Pettigiani recordó que la Cámara Federal “en concordancia con lo expuesto dijo “que los simples particulares no se encuentran comprendidos por los límites formales establecidos por la ley procesal penal y no parece razonable … exigirle al periodismo la obtención de una orden judicial para llevar a cabo una investigación, ni la imposición de sus derechos al interlocutor antes de conversar con él” (conf. c.n°30.468 “Raña, R s/ nulidad”, reg. n° 255 rta. el 20/4/99)” (CNACYCFED., 14/12/07, Saidan, Sala 01, Freiler-Cavallo, Id SAIJ: FA07260168)”.

Clarín

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