El Concejo Deliberante de Gral. Pueyrredon llevó a cabo una nueva sesión, durante la cual se aprobó por unanimidad un Proyecto de Resolución por medio del cual el HCD expresa su repudio por las actitudes llevadas adelante por el Sr. Rodrigo “La Hiena” Barrios, en oportunidad de producir un accidente de tránsito en esta ciudad, el día 24 de enero de 2010, que le costara la vida a Yamila González.
También se aprobó por unanimidad un Proyecto de Comunicación por el cual HCD manifiesta que vería con agrado que la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires tenga a bien, modificar la Ley 13.927, actualizada por las Leyes 14.246 y 14.331 incorporando al Capítulo IV, Medidas Cautelares, el punto 7. al artículo 37 inc. b), el que quedará redactado de la siguiente manera: “El que fugue habiendo participado en un accidente, incumpliendo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 24.449, por el tiempo que establezca la reglamentación”. Asimismo expresa que resulta oportuno que la Provincia de Buenos Aires legisle, ante infracciones al art. 65 de la Ley Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, otorgando facultad a los municipios para que retenga la licencia de conducir de la persona involucrada en el accidente, inhabilitándola por el tiempo que determine la reglamentación respectiva. Finalmente solicita que se remita copia a la Legislatura y a los 134 restantes municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Ambos Proyectos fueron trabajados por el Concejal Mario Rodríguez (UCR) y Leandro Laserna (AM), y votados por unanimidad en la Comisión de Legislación, Interpretación, Reglamento y Protección Ciudadana
Participó de la sesión Graciela Morales, la madre de Yamila González, quien se había comprometido a estar en nuestra ciudad el día que se trate el tema en el recinto. Al hacer uso de la palabra manifestó: “Estoy apoyando el proyecto que presentó Mario Rodríguez, porque lo que propone es totalmente lógico y se basa en el sentido común. Una persona que haya provocado un siniestro vial no puede seguir teniendo el registro y seguir conduciendo libremente”. Al respecto, Graciela confesó que “desgraciadamente, Barrios nunca estuvo imposibilitado a manejar. Desde el momento del accidente nunca se le quitó el registro. Es lo que hasta el día del juicio siempre luchamos. Mis abogados siempre pidieron la inhabilitación, mientras que los jueces estaban aptos para hacerlo y nunca lo hicieron. Posterior a la condena, de prisión efectiva y ocho años de inhabilitación, pensamos que no iba a manejar. Pero al recuperar la libertad, dentro de las pocas restricciones que tuvo, nunca le quitaron el registro. Hoy por hoy lo conseguimos, gracias a Dios, pero tampoco es lógica la forma en que lo logramos. Haciendo presentaciones, recursos, golpeando puertas. Es muy desgastante y no debería ser así. Debería ser automático”.
También aclaró que “debería ser igual para todos. Yo llevo adelante esta lucha por la memoria de mi hija, pero hay muchísima gente en la misma situación y no tiene la oportunidad de tener, como yo, una cámara para expresarse. La Justicia debe ser igual para todos, sea La Hiena Barrios o Juan Pérez”.
Acompañaron a Graciela Morales antes y durante la sesión del HCD los integrantes de la Asociación de Víctimas del delito y de siniestros viales de Gral. Pueyrredon.
Los proyectos votados se fundan en la necesidad de salvaguardar la vida de los ciudadanos, impidiendo a las personas que luego de un accidente de tránsito abandonaren a las víctimas en el lugar del hecho, sin representarse la obligación de prestar auxilio, y continúen conduciendo libremente poniendo en riesgo la seguridad de otros; y teniendo en cuenta la excarcelación resuelta por la justicia a favor de Rodrigo “La Hiena” Barrios,
El hecho por el que se juzgó a Rodrigo Barrios ocurrió el 24 de enero de 2010, en la esquina de avenida Independencia y Ayacucho de esta ciudad, cuando “La Hiena” conducía una camioneta BMW X5 y embistió la parte trasera de un Fiat 147. Este último auto, que se estaba por detener por la luz roja del semáforo, se desplazó y atropelló a cuatro peatones, entre ellos a Yamila González, quien falleció horas más tarde, estando embarazada.
A pesar del choque, “La Hiena” escapó y después colisionó con una camioneta Ford F100 en el “Camino viejo” a Miramar, y tras descender y observar que no había heridos siguió su marcha. El deportista fué juzgado y condenado a a 4 años de prisión efectiva, pero se encuentra en libertad.
Recientemente la justicia local rechazó la presentación de la familia de la víctima, que fuera acompañada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, fundamentando el rechazo en que en la Provincia de Buenos Aires no existe ninguna ley que los faculte a inhabilitar a Barrios, hasta que la sentencia dictada quede firme.
El Concejal Mario Rodríguez afirmó que “fue en Mar del Plata donde sucedió el lamentable hecho que ocasionó Barrios, y no podemos mirar para otro lado pasivamente ante actitudes de desprecio para la vida como los ocurridos. Debemos sumarnos, por razones éticas, al rechazo que ya han hecho varias ciudades, expresando nuestro repudio a la actitud llevada
adelante por “La Hiena” Barrios”.
Resulta imperioso que el estado municipal, en resguardo de la población ante situaciones similares a los hechos narrados, inahabilite para conducir a las personas que, como consecuencia de un accidente de tránsito, ocasionen lesiones graves o la muerte a las víctimas, cuando se fugan no prestando auxilio ni suministrando los datos necesarios, incumpliendo así con lo establecido por el art. 65 de la Ley Nacional Nº 24.449, de Tránsito y Seguridad Vial.
El artículo citado establece que: “es obligatorio para partícipes de un accidente de tránsito: a) Detenerse inmediatamente; b) Suministrar los datos de su licencia de conductor y seguro obligatorio a la otra parte y a la autoridad interviniente. Si los mismos no estuviesen presentes, debe adjuntar tales datos adhiriéndolos efizcamente al vehículo dañado; c) Denunciar el hecho ante cualquier autoridad de aplicación; d) Comparecer y declarar ante la autoridad de juzgamiento o de investigación administrativa cuando sean citados”.
La Provincia de Buenos Aires adhirió, en cuanto no se oponga a las disposiciones de la misma, mediante la Ley Nº 13.927, actualizada por las Leyes Nº 14.246 y 14.331, a la Ley Nacional Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, entrando en vigencia en la provincia, a partir del 1º de enero de 2009.
Ante la obligación de detenerse, por parte de quien participa en un accidente de tránsito, a fin de suministrar sus datos personales, de seguro del vehículo, etc., resulta imperioso establecer un mecanismo, con el objeto que actitudes contrarias a lo legislado hagan ilusoria la norma. Conductas como éstas, donde las personas involucradas en un accidente se fugan, ocurren con demasiada frecuencia, dejando a las víctimas abandonadas a su suerte, independientemente de la generosidad de los transeuntes circunstanciales que acudan a su auxilio, juntamente con las autoridades policiales.
En reiteradas oportunidades, el Ministerio del Interior de la Nación ha ratificado la necesidad de que los Municipios retiren la licencia de conducir a las personas involucradas en hechos como los sucedidos en este caso.
Siguiendo este criterio, resulta oportuno que la Provincia de Buenos Aires legisle, ante infracciones al art. 65 de la Ley Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, otorgando facultad a los municipios para que retenga la licencia de conducir de la persona involucrada en el accidente, inhabilitándola por el tiempo que determine la reglamentación respectiva.
Por todo ello los Concejales integrantes de la Comisión de Legislación, Interpretación, Raglamento y Protección ciudadana, por unanimidad proponen los siguientes Proyectos de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Municipio del Partido de General Pueyrredón expresa su repudio por las actitudes llevadas adelante por el Sr. Rodrigo “La Hiena” Barrios, en oportunidad de producir un accidente de tránsito en esta ciudad, el día 24 de enero de 2010, que le costara la vida a Yamila Gonzalez.
Artículo 2º: De forma.
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires tenga a bien, modificar la Ley 13.927, actualizada por las Leyes 14.246 y 14.331 incorporando al Capítulo IV, Medidas Cautelares, el punto 7. al artículo 37 inc. b), el que quedará redactado de la siguiente manera: “El que fugue habiendo participado en un accidente, incumpliendo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 24.449, por el tiempo que establezca la reglamentación”.-
Artículo 2º.- Asimismo resulta oportuno que la Provincia de Buenos Aires legisle, ante infracciones al art. 65 de la Ley Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, otorgando facultad a los municipios para que retenga la licencia de conducir de la persona involucrada en el accidente, inhabilitándola por el tiempo que determine la reglamentación respectiva.
Artículo 3º.- Remítase copia del presente a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 4º.- De forma.-