El tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados. El detalle de todos los que pueden acceder al programa, cómo hay que pagar para obtener el reintegro en un máximo de 48 horas.
Un alivio al bolsillo
La medida se publicó el sábado en una edición extraordinaria del Boletín Oficial junto a la reglamentación dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la resolución general 5418/2023.
Establece la devolución de la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica, afectados en su mayoría por una alícuota del 21%, y tiene un tope de reintegro mensual de $ 18.800.
En cuanto al universo de beneficiarios, abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.
También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.
UNA MEJORA DEL 7,2% EN UN SALARIO MEDIO
La implementación del programa Compre sin IVA representará una mejora del orden del 7,2% para un salario medio, de acuerdo con las estimaciones realizadas por la consultora Sarandí.
“Esta iniciativa verifica un efecto progresivo en su incidencia económica y evita dificultades de implementación para la identificación de beneficiarios o efectivización de los pagos”, sostuvo en su análisis la entidad dirigida por el economista Sergio Chouza.
Sarandí prevé que el programa de reintegros del IVA derivará en un incremento del gasto de poco más de 0,6% del PBI, “asumiendo el escenario más oneroso en que se alcance de forma plena el universo potencial de 21,7 millones de personas” y que en todos los casos se realicen compras que obliguen al tope mensual de devolución de $ 18.800.
“Para un salario medio la devolución implicará una mejora del orden del 7,2%”, consideró, al tiempo que destacó a “la formalización de muchas operaciones comerciales” como “ventaja adicional” del programa.
Al respecto, evaluó que “por el lado de la demanda, probablemente genere una sustitución en el uso de efectivo en favor de pagos con tarjetas de débito”, mientras que desde la oferta “surgirán incentivos a promocionar el uso del posnet, para poder capturar a los compradores ávidos de aprovechar el reintegro”.
Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
Hasta este domingo, el reintegro -de sólo 15 puntos porcentuales del IVA- regía únicamente para jubilados de hasta tres haberes mínimos (con tope de $ 18.000 mensuales), beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH), por embarazo (AUE) y pensiones no contributivas, con techo, en estos tres últimos casos, de $ 4.056.
Cómo se hacen los reintegros
Para acceder al beneficio se debe abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.
Luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17.
Para acceder al beneficio se debe abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR
Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador “Reintegro programa Compre sin IVA”.
Se puede acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.
La iniciativa se extiende hasta el 31 de diciembre próximo, y busca “mejorar el ingreso disponible y, consecuentemente, la capacidad de compra de los sectores más vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad, la totalidad o gran parte de los ingresos”.
TELAM