La medida del ministro de Economía, Luis Caputo, de prohibir el cobro de tasas municipales en las boletas de luz y gas para combatir la “voracidad fiscal” de los intendentes parece tener más dificultades de las previstas. Ante las leyes superiores invocadas por los alcaldes y la catarata de planteos judiciales, ahora el gobierno usará al Banco Nación para limarles la recaudación.
Concretamente, los usuarios de la entidad tendrán la opción desde la app BNA+ de pagar las boletas de servicios “sin tasas municipales en aquellas jurisdicciones donde los intendentes resisten la prohibición de sumarlas” afirmaron.
“La iniciativa del Banco Nación promueve la libertad de elección ya que nuestro ordenamiento jurídico posee rango constitucional y es una forma de dejar atrás el trato indigno a los consumidores, especialmente los más vulnerables”, explicó el presidente del BNA, Daniel Tillard.
En ese marco, desde la gestión de Javier Milei invitaron a todos los bancos del país, a ofrecer a sus clientes esta misma opción.
Caputo ya había amenazado con cerrar sucursales del Banco Nación
Días atrás, Caputo amenazó con el cierre de las sucursales del Banco Nación en aquellos municipios que “abusen” de sus vecinos a través de incrementos injustificados en las tasas por expreso pedido de Javier Milei
“El Banco Nación tomará medidas en aquellas localidades donde las intendencias decidan “abusar de sus vecinos mediante subas de tasas municipales injustificadas”, había lanzado desde sus redes.
También intimó a las empresas distribuidoras de energía a que apliquen la quita de los conceptos de alumbrado y “conceptos ajenos” a las facturas para evitar multas.
La medida, que incluye penalidades por montos de entre $374.129 y $1.571.343.900, busca el cumplimiento de la resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio
La resolución de Caputo en un laberinto legal y político
La resolución que prohíbe a los intendentes incluir tasas locales en las boletas luz, agua y gas, mostró varios focos de resistencia de los alcaldes bonaerenses.
Un grupo importante de distritos del interior y de la región Capital o Gran La Plata, se amparó en el paraguas legal que le otorgó la provincia en base a dos leyes con jerarquía superior a una resolución y a lo dictaminado por el OCEBA como organismo de contralor provincial (también es la provincia las que autoriza las subas de tarifas).
A esas localidades las amparan dos leyes: la Ley Nº 10.740 y la Ley 11.769. La primera de ellas, establece en su artículo 1 que “las Empresas prestadoras del Servicio Público de Electricidad, en la Provincia de Buenos Aires, deberán percibir, a solicitud y en representación de las Municipalidades, la Tasa por Alumbrado Público que éstas fijen en su jurisdicción, de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades” para aquellos distritos que adhieran por ordenanza. La segunda, ofrece el marco regulatorio de la actividad eléctrica de la Provincia de Buenos Aires y regula la inclusión de los conceptos ajenos en las facturas desde el año 1996, es decir mucho tiempo antes que la flamante resolución de la secretaría de Comercio de la Nación.
En el caso de los distritos del conurbano bonaerense que dependen de Nación y facturan el cobro del alumbrado público a través de Edenor y Edesur, si estarían alcanzados por la resolución de Caputo. Sin embargo, varios fallos judiciales favorables a los intendentes y un aluvión de presentaciones podrían blindar a los intendentes y escapar de los alcaldes de la resolución.