El juez Civil y Comercial Jorge Novelli decidió dar traslado de la demanda que inició la mujer de quien se halla divorciado. No obstante en el momento del reparto de bienes el actual ministro de Economía, no habría rendido de manera adecuada los mismos, según surge de operaciones de bienes muebles e inmuebles, según consta en la causa, y en las declaraciones de la demandante, quien se halla radicada en España.
En su decisión el juez Novelli expresa lo siguiente: “Por presentado el Dr. Eduardo Andriotti Romanín con la documentación acompañada, tiénese al peticionante por parte y constituido domicilio en la calle Rivadavia 3026 piso 5° “A” de esta ciudad”.
“De la acción que se deduce, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 del C.P.C.), traslado al demandado por el plazo de DIEZ días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 354 y 486 del Cód. cit. y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 484 y 59 del C.P.C.)”
“Conforme lo dispuesto por el art. 83 del C.P.C. concédese en forma provisional el beneficio solicitado, hasta tanto se dicte resolución al respecto”.
“A los fines del beneficio definitivo, hágase saber al peticionante, que deberá acompañar las respuestas de los testigos suscriptas por cada declarante”.
“Agregadas que sean las declaraciones, una vez trabada la litis y con citación de la contraria, se fijara la audiencia para que los testigos ratifiquen la declaración y, en su caso, respondan a las preguntas que quiera formular la parte contraria, (argto. y doct. art. 80 del C.P.C.)”, dice en su resolución el juez en lo Civil y Comercial doctor Jorge Osvaldo Novelli.