Mascotas

Aprueban programa de Adopción Responsable y endurecen penas por abandono de mascotas

La comisión de Legislación aprobó un proyecto del edil de la UCR, Ariel Martínez Bordaisco, que introduce modificaciones en la ordenanza 22031, promulgada en diciembre de 2014 que establece el Reglamento para la Tenencia Responsable de Mascotas.

En virtud de las cuales se crea un “Programa municipal de adopción responsable de mascotas”, para promover e incentivar la adopción de animales domésticos sin dueño que se encuentren en el Centro Municipal de Zoonosis o en aquellos establecimientos de guarda y adopción que estén habilitados.

Para el desarrollo de dicho programa, la autoridad de aplicación contará con un espacio propio dentro de la Página Web del Municipio, donde se den a conocer fotografías de los animales disponibles para su adopción, así como también información acerca de su estado de salud, vacunas, carácter, comportamiento y todo otro dato que mediante reglamentación se determine. El Departamento Ejecutivo deberá proveer las partidas presupuestarias necesarias para el correcto desarrollo del programa.

También se prohíbe la exhibición de animales en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función, ya fuere esta exhibición con fines de compra, venta u ofrecimiento a título oneroso, o de mera publicidad, en forma permanente o temporal y se encontraren estos sueltos, dentro de jaulas, caniles o cualquiera fuera la forma de contención.

De acuerdo a la innovaciones introducidas por el presidente de la comisión de Legislación, las veterinarias, pet shops y criaderos autorizados para la venta de animales, serán controlados periódicamente por el área del ejecutivo pertinente y sólo podrán exhibir sus animales en el interior del local del que se tratare, debiendo tomar los recaudos necesarios para que estos no fueren directamente visibles desde el exterior y en todos los casos asegurando buenas condiciones de sanidad, alimentación, higiene y ventilación.

Respecto a las sanciones, impone una multa del 0,35 al 20%, y/o clausura hasta 15 días, y/o arresto hasta a 15 días, a la venta, exhibición, tenencia, guarda o cuidado de animales en infracción a las normas sanitarias o de seguridad vigentes, y la admisión de animales en locales de elaboración, envasamiento, fraccionamiento, depósito, consumo o venta de mercaderías alimenticias. La misma pena será aplicable en caso de abandono de animales en la vía pública.

INFORME: Roberto Latino Rodríguez

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