Con fecha 26 de abril de 2012 la Cámara Contencioso Administrativa ha hecho lugar a la apelación que presentaran tres vecinos autoconvocados por el conflicto por la Reserva Natural Puerto Mar del Plata y ha revocado la resolución del juez de garantías 5 de Mar del Plata, Gabriel A. Bombin, que había rechazado el amparo que iniciaran pidiendo acceso a la información pública ambiental que el Consorcio tiene -o debería tener- del proyecto del Club Aldosivi que afecta sensiblemente a la Reserva.
En una resolución muy interesante, la Cámara departamental -sin resolver el fondo de la cuestión- destaca la seriedad y responsabilidad de estos vecinos que antes de iniciar una acción judicial por el daño ambiental que se puede estar perpetrando en el lugar, primero solicitan de manera democrática y civilizada la información ambiental del proyecto. Dice la Cámara al respecto: “En efecto, el objeto de la acción porta una pretensión de acceso a información pública ambiental, lo que permite vislumbrar -de un lado- un fin inmediato de acceso a documentos administrativos, y -de otro- un fin mediato de potencial preservación del medio ambiente”.
Es justamente ese deber ciudadano -señalado enfáticamente por la Suprema Corte local- el que apuntala, en muchos casos, los requerimientos de acceso a la información ambiental como paso previo y necesario para llevar a cabo -de ser necesarias y técnicamente justificadas- acciones que tiendan a la protección y conservación del entorno.
Ahora la causa pasará al Juzgado de Garantías 5 para que resuelva el amparo y haga o no lugar al pedido de acceso a la información presentado por los tres vecinos autoconvocados. Recordemos que esto vecinos tuvieron que recurrir a este amparo pues el Consorcio se negó a brindar la información ambiental que se le requiriera, mediante carta documento.
La información que se le solicita es básicamente toda la relacionada al proyecto que el Club Aldosivi -como cualquier particular que tiene un permiso en el sector de jurisdicción del Puerto- y los correspondientes certificados y licenciamientos de cada una de sus actividades. Se le pidió además que el Consorcio -ya que mencionó en su respuesta en carta documento que la Reserva era un sector donde el Consorcio tenía planeada la expansión de las industrias- el Plan Maestro Portuario y el trámite del proyecto, su autorización y las audiencias públicas a que se sometió dicho proyecto.
Nos parece importante esta resolución porque la Cámara destaca la seriedad y responsabilidad de los ciudadanos, que no se presentan a la justicia “a ciegas” demandando por el daño al ambiente. Lo hacen responsablemente, previamente informándose de los pormenores del proyecto, de sus consecuencias para con el ambiente del lugar. Sorprende que esa responsable actitud de la población no encuentre eco en una autoridad que esconde la información y se niega a otorgar su acceso a la población. Sobre todo cuando dicha información es pública y se posa sobre un bien de pertenencia de la comunidad como el ambiente y la Reserva Natural Puerto Mar del Plata.