El Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Martín, dictó hoy una medida cautelar por medio de la cual se ordenó la inmediata suspensión de la aprobación del proyecto de exploración petrolera a 300 kilómetros de la costa de la ciudad.
La resolución judicial surge luego de las presentaciones hechas por el intendente Guillermo Montenegro, la Organización de Ambientalistas Autoconvocados y un particular.
De esta forma se tira para atrás la decisión del Gobierno nacional de habilitar la campaña de adquisición sísmica offshore en las áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca Argentina Norte, dispuesta por Resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Ahora, a través de lo determinado por el juez Martín, se le hizo saber a la empresa Equinor Argentina que tendrá que abstenerse de iniciar las tareas de exploración hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
Para la decisión del juez, resultaron fundamentales tres instancias: el cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú; la falta de una instancia de consulta al Municipio en el proceso de toma de decisión; y las falencias del Estudio de Impacto Ambiental.
“Las autoridades competentes no habrían cumplido con el estándar de máxima publicidad que las obliga, en la medida de los recursos disponibles, a poner a disposición del público y difundir la información ambiental relevante para sus funciones de manera sistemática, proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible”, dice el juez en su dictamen.
Además destacó que “no se vislumbran, en principio, acciones ‘proactivas’ que hayan tendido a poner en conocimiento de la población en general el proyecto de exploración hidrocarburífera en el Mar Argentino, y concretamente en las costas adyacentes a la ciudad de Mar del Plata, o al menos que ello haya sido a través de ‘medios apropiados’ (escritos, electrónico u orales)” de modo de “garantizar que el tema ingrese en la agenda pública con anterioridad a la toma de decisión gubernamental”.
Por otra parte, para Martín la autorización a la empresa por parte del Estado se “habría desencadenado de manera súbita, cuando se encontraban suspendidos los plazos administrativos a la espera de los informes de distintas reparticiones estatales”.
Por lo tanto, según lo dictaminado por el juez, se “justifica el interés reforzado del Municipio de General Pueyrredón en la suerte del proyecto a realizarse, atento las consecuencias que podrían derivar hacia la industria de la pesca y del turismo de Mar del Plata los eventuales impactos ambientales derivados de la exploración y posible explotación hidrocarburífera en la zona”.
Y además “tampoco surge de los elementos obrantes en el expediente las razones que llevaron a las autoridades ambientales a omitir la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), que sería el instrumento adecuado para abordar el análisis de los impactos acumulativos de la exploración sísmica en las distintas áreas del Mar Argentino sujetas a concesión”, remarcó el titular del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata.