Así obtendrá el carácter de iniciador, con lo cual lo asistirán los beneficios que otorgan la ley de iniciativas privadas. La ejecución, construcción y explotación se resolverá en una mesa de negociaciones, cuyo laudo estará “a cargo” del intendente Gustavo Pulti.
De la interpretación surge que el margen que marca la ley (4% – 7%) para quien obtenga el derecho de iniciador, será resuelto con el otro grupo pre calificado Aldrey – Otero –Mariani, lo cual evitará una verdadera puja de precios, una vez definido quien se quedará con el título de ganador del concurso de iniciativa privada.
Es decir que en término reducidos, se logra el objetivo de máxima, otro colosal traspaso de bienes públicos a manos privadas, dos manzanas del mayor valor inmobiliario de la ciudad aledañas a la calle Güemes, a cambio de maquillar una fachada y convertir el resto del predio en una superficie de alto valor inmobiliario – comercial.
Al contar con el dictamen de Legal y Técnica favorable al Grupo Roig, el intendente Pulti hará uso de la atribución discrecional, que en este caso está prevista en la ley. Una vez declarado iniciador se deberá confeccionar el pliego de bases y condiciones, para el futuro llamado y posterior adjudicación. En estos casos nunca existe lidia de cotizaciones, sino acuerdo entre los oferentes, sin puja económica real.
Me gustaría saber de donde sale la siguiente conclusión del artículo:
Es decir que en término reducidos, se logra el objetivo de máxima, otro colosal traspaso de bienes públicos a manos privadas, dos manzanas del mayor valor inmobiliario de la ciudad aledañas a la calle Güemes, a cambio de maquillar una fachada y convertir el resto del predio en una superficie de alto valor inmobiliario – comercial.
No era esa exactamente la intención de los proyectos? Preservar un edificio histórico y explotarlo como centro comercial para potenciar aún más la zona comercial de Guemes?