Con motivo de la reciente protesta (con paro incluido) he leído gran cantidad de opiniones respecto al gravamen sobre sueldos “altos”, pero nadie menciona la quita a las jubilaciones que superan el mínimo no imponible. Vaya entonces mi modesta opinión: siempre entendí que una jubilación consistía en ahorrar durante el período laboral una parte del sueldo, que el Estado administraba (bien o mal) para devolverla en forma de un haber jubilatorio, luego de cumplidos los 65 años y haber cumplimentado un plazo de aportes. Vale decir que el fondo acumulado pertenece al jubilado y deja de ser una ganancia, ya que si el afectado hubiera dispuesto de su dinero en una inversión financiera no tendría que aportar impuesto alguno y disfrutaría de la totalidad de su ahorro.
Por otra parte se puede argumentar que sólo están gravados los altos montos (más de $ 15.000), pero, en mi caso y otros similares, el hecho de tener una jubilación “elevada” proviene de haber aportado 40 años totalmente “en blanco”, por sueldos máximos permitidos y haber tributado impuesto a las ganancias en ese momento, vale decir que estaríamos ante una doble imposición.
Dado que no soy experto en el tema me gustaría conocer la opinión de alguien que sí sepa para tal vez iniciar acciones legales o simplemente descargar mi bronca por esa carga impositiva absolutamente distorsionada, injusta y que tal cual está legislada mueve la caja del gobierno de turno a su voluntad por fijar montos en pesos para el Mínimo no Imponible en épocas de alta inflación.
J.E.G.