El Concejal Mario Rodríguez (UCR) presentó un Proyecto de Comunicación por el cual solicita al Departamento Ejecutivo informe los motivos por lo cuales los nuevos patrulleros
incorporados en agosto del corriente año al Comando de Prevención Comunitaria (CPC) del Partido de General Pueyrredon, circulan sin las placas identificatorias, violando lo establecido en el art. 24 del Decreto Ley 6582/58.-
El pasado 12 de agosto de 2014 el Intendente Municipal, Gustavo Pulti, acompañado por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, presentaron nuevas unidades de patrullas -autos y camionetas- que se sumarán al trabajo que lleva adelante el Comando de Prevención Comunitaria
(CPC) del Partido de General Pueyrredon.
En el acto de presentación el Intendente Municipal manifestó: “El 6 de junio pusimos en marcha el Comando de Prevención Comunitaria y desde ese día…hay patrulleros que hemos seguido a través del AVL, en el monitoreo que habitualmente hacemos desde el Centro de análisis estratégico del delito…”
Y continuó expresando: “Esto tiene que ver con la declaración de emergencia que hizo el Gobernador Scioli hace poco tiempo atrás, lo que significó la compra de vehículos para toda la Provincia de Buenos Aires y con camionetas y autos que salieron de fábrica para prestar este servicio”.
“El Intendente Municipal sabe que muchos de los patrulleros del CPC no están patentados. Y es precisamente el Estado quien debe, en primer término, encuadrarse dentro de la normativa vigente, respetándola en todos sus términos“, afirmó el edil radical.
“En diversos hechos delictivos que se están produciendo en nuestra ciudad están quedando registrados los patrulleros sin patente, a partir de lo reflejado por los medios en sus coberturas. Esas imágenes, además de lo que vemos los ciudadanos diariamente, evidencian que los nuevos móviles policiales, recientemente incorporados, no poseen placas identificatorias -patente-, encontrándose en franca infracción a las normas. Es hora de que solucionen esta cuestión, expresó Mario Rodríguez.
Por Decreto Ley 6582/58, oportunamente fue creado el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor (RNPA), organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos cuya misión fue regular todo lo concerniente a la inscripción de la propiedad de los automotores, sus trámites posteriores y los
créditos prendarios. Su primer objetivo fue unificar, regular y estandarizar las diferentes identificaciones o patentes de automotores.
Con el fin de mejorar y garantizar la seguridad jurídica del automotor, además de combatir los diversos tipos de ilícitos relacionados con el mismo, en 1993 a través de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor (DNRPA), decretó que todos los automotores nuevos vendidos a partir
del 1° de enero de 1995 se incorporarían a un nuevo sistema de patentamiento, por lo que desde esa fecha en adelante obtendrían un nuevo dominio con un nuevo y mucho más seguro tipo de chapas patente y documentaciones de
identificación de cada unidad.
El citado Decreto 6582/58, en su art. 24 establece: “Cada automotor, durante su existencia como tal, se identificará en todo el país por una codificación de dominio formada por letras y números, la que deberá figurar en el título y demás documentación. Dicha codificación deberá ser reproducida en
placas de identificación visibles exteriormente, que se colocarán en las partes delantera y trasera del automotor”.
A su vez el art. 22 determina que: “Sin perjuicio de la expedición del título a que se refiere el artículo 20, juntamente con la inscripción originaria, o con cada una de las correspondientes a las sucesivas transferencias de dominio, el Registro entregará al titular del automotor una o más cédulas de identificación de éste, en las que se consignarán los datos que, con respecto al automotor y a su propietario, establezca la autoridad de
aplicación. … Su tenencia acreditará derecho o autorización para usar el automotor, pero no eximirá de la obligación de justificar la habilitación personal para conducir…”.
Además de no encontrarse patentados los nuevos patrulleros, impide la posibilidad de verificar la correspondiente autorización de los agentes policiales, para conducir éstos mediante la cédula azul ó autorización correspondiente.